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Rehabilitación

El 18 de mayo de 2010, se dio por terminado el programa de Ayudas a la Rehabilitación individualizada de vivienda.

Actualmente existe ayudas a la rehabilitación a través del PROGRAMA DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS. (RENOVE)

  • AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDA. PLAN RENOVE.

BENEFICIARIOS:

Propietarios o inquilinos autorizados por el propietario, cuyos ingresos familiares no excedan de 5,5 veces el IPREM.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS:

a) La cuantía máxima de la subvención por vivienda será del 25% del presupuesto protegido, con el límite de 2.500 euros carácter general, o de 3.400 euros cuando:

- Los propietarios o inquilinos de las viviendas tengan más de 65 años y las obras se destinen a la eliminación de barreras o a la adecuación de la vivienda a sus necesidades específicas, o bien.

- Se trate de personas con discapacidad y las obras se destinen a la eliminación de barreras o a la adecuación de la vivienda a sus necesidades específicas.

b) En el supuesto de que el promotor de la rehabilitación destine la vivienda al alquiler, la cuantía de la subvención será como máximo de 6.500 euros.

En tal caso, las viviendas habrán de estar desocupadas y destinarse tras la rehabilitación al alquiler por un periodo mínimo de 5 años, a través de una Agencia de Fomento del Alquiler.

  • AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIO. PLAN RENOVE.

BENEFICIARIOS:

- Propietarios de viviendas o edificios cuyos ingresos familiares no excedan de 5,5 veces el IPREM (límite no aplicable cuando se solicite préstamo no subsidiado y en determinados casos de arrendamiento forzoso)

- Inquilinos cuyos ingresos familiares no excedan de 5,5 veces el IPREM (límite no aplicable cuando se solicite préstamo no subsidiado)

- Comunidades de propietarios

CUANTÍA DE LAS AYUDAS:

1. A la Comunidad de propietarios:

La subvención tendrá una cuantía máxima del 10% del presupuesto protegido, a distribuir de manera proporcional a las cuotas de participación de las viviendas en los costes de ejecución, ycon un límite de 1.100 euros por vivienda.

2. A los propietarios o inquilinos:

Podrán obtener subvención los propietarios u inquilinos de las viviendas del edificio a distribuir, de manera proporcional a las cuotas de participación de las viviendas en los costes de ejecución, cuyos ingresos familiares no excedan de 5,5 veces el IPREM y cuya cuantía máxima será del 15% del presupuesto protegido, con el límite de 1.600 euros con carácter general, o de 2.700 euros cuando:

-          tengan más de 65 años y las obras se destinen a la eliminación de barreras o a la adecuación de la vivienda a sus necesidades específicas, o bien se trate de personas con discapacidad y las obras se destinen a la eliminación de barreras o a la adecuación del edificio a sus necesidades específicas.

-          Prestamos protegidos con o sin subsidiación.

REQUISITO GENERAL DE LAS ACTUACIONES PROTEGIDAS

En todo caso, será condición necesaria que al menos el 25% del presupuesto de las actuaciones protegidas esté dedicado a la utilización de energías renovables, la mejora de la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente, y la accesibilidad del edificio.

-RD 2066/2008 (BOE 309/2008): artículos 57 a 63.

-Texto integrado Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 (BOJA 151/2009): arts. 90 a 92.

-Orden de 26 de enero de 2010 (BOJA 32/2010): artículos 93 a 99.

Haz click en este enlace para ver el Plan Renove de Edificios

Haz click en este enlace para ver el Plan Renove de Viviendas

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PARA MÁS INFORMACIÓN EN:

902 125 888

Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda

C/ Hilera 45 Málaga